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viernes, 21 de marzo de 2014

Así es la nueva Ley de Tráfico, que cuenta con veinte importantes novedades


Guardia Civil
        de Tráfico
Dos agentes de la Guardia Civil de Tráfico, junto a su vehículo. (EP)
  • La nueva ley incluya importantes novedades de materia de seguridad vial y abre la puerta a otras que se incluirán en el futuro Reglamento de Circulación.
  • Las novedades más importantes entrarán en vigor en un mes, a excepción de la modificación de los límites de velocidad y los sistemas de retención infantil.
La reforma de la Ley de Tráfico, que ha sido aprobada definitivamente en las Cortes, incluye importantes novedades de materia de seguridad vial y abre la puerta a otras que se incluirán en el futuro Reglamento de Circulación, que previsiblemente entrará en vigor en junio. Estas son las veinte novedades más importantes, que entrarán en vigor en un mes, a excepción de la modificación de los límites de velocidad y las medidas relativas a los sistemas de retención infantil, que lo harán cuando se apruebe el Reglamento: Velocidad Hasta 130 kilómetros por hora. La reforma de la Ley abre la puerta al incremento hasta los 130 kilómetros por hora del límite máximo en determinados tramos de autovías y autopistas y a reducir en 10 km/h la velocidad máxima en las carreteras secundarias, así como a la creación de zonas 20 y 30 en las ciudades. No entrará en vigor hasta que se apruebe el Reglamento. Sin avisos de radares. Se prohíben los detectores de radar o de cinemómetros. Su uso será multado con 200 euros y la detracción de 3 puntos del carné. Los inhibidores ya están prohibidos y multados con 6.000 euros y 6 puntos Ciclistas Casco de bici obligatorio para los más jóvenes. Los menores de 16 años tendrán que llevar casco de bici cuando circulen por ciudad. Este elemento es obligatorio en carretera para todas las edades. Bicicletas sin inmovilización. Las bicicletas no podrán ser inmovilizadas, aunque su conductor sea multado por alguna infracción que, en el caso de los vehículos a motor, conllevaría esa inmovilización. Ciclistas más lentos. Se permite a los ciclistas circular por debajo de los límites mínimos de velocidad. Niños La talla es lo fundamental para los sistemas de retención. Se sustituye el peso y la edad por la talla a la ahora de obligar a utilizar los sistemas de retención infantil (SRI), que serán preceptivos para los menores que midan hasta 1,35 metros. En cualquier caso, no podrán viajar en los asientos delanteros aunque utilicen un SRI, salvo que todos los traseros estén ocupados por otros menores. Motivo de inmovilización. Se podrá inmovilizar el vehículo si no se hace uso del dispositivo de retención infantil. Alcohol y drogas Ningún tipo de sustancia. Se prohíbe conducir con presencia de drogas ilegales en el organismo, a excepción de las que se utilicen por prescripción facultativa y con una finalidad terapéutica (por ejemplo metadona). Conducir bajo sus efectos será multado con 1.000 euros. Multas más altas para los positivos en alcohol. Se mantiene la multa de 500 euros para el consumo de alcohol, aunque será de 1.000 si la tasa duplica el máximo permitido o en caso de reincidencia en un año. Nuevas multas Obras sin autorización previa. Realizar obras en la vía sin comunicación previa a la autorización de la autoridad responsable de la gestión del tráfico. Perder la carga. La caía de la carga de un vehículo en la vía, creando grave peligro para el resto de usuarios. Dañar u obstaculizar la vía. Causar daños a la infraestructura de la vía o alteraciones a la circulación debidos a la masa y dimensiones del vehículo. Animales Responsable de los atropellos. En los accidentes de tráfico ocasionados por atropello a especies cinegéticas será responsable de los daños el conductor del vehículo, sin que pueda reclamarse por el valor de los animales. Señalizado y vallado. El titular de la vía sólo será responsable si no ha reparado el cerramiento o no ha señalizado que existen animales sueltos. Vehículos extranjeros Matriculados en España. Se obliga a matricular definitivamente en España a los vehículos que se utilicen en territorio nacional por residentes extranjeros o por titulares de establecimientos. Coordinación internacional. Se establece el procedimiento para el intercambio transfronterizo de información sobre infracciones de tráfico cuando se cometan con un vehículo matriculado en un estado de la UE en otro país distinto. En definitiva, se facilita el acceso a los registros Otros Más tiempo para el pago voluntario. Aumentan a 20 días los plazos para presentar alegaciones y para pagar de forma voluntaria las multas, que hasta ahora es de 15 días. Multar sin detener el vehículo. Se permite no parar e identificar al infractor cuando el agente denunciante se encuentre realizando labores de vigilancia y control del tráfico y carezca de medios para proceder a la persecución del vehículo. Restricciones por contaminación. Se recoge la posibilidad de restringir el acceso o la circulación por las vías a determinados vehículo por motivos medioambientales. Prioridad para las grúas. Las grúas que acudan a realizar un servicio de auxilio en carretera tienen prioridad de paso. Más importancia a las asociaciones de víctimas. Se crea la Conferencia Sectorial de Tráfico y se modifica el Consejo Superior de Tráfico para, entre otras cosas, introducir nuevos miembros, como las asociaciones de víctimas.

Ver más en:http://www.20minutos.es/noticia/2090242/0/nueva-ley/trafico-2014-cambios/novedades/#xtor=AD-15&xts=467263

La reforma de la Ley de Tráfico, que ha sido aprobada definitivamente en las Cortes, incluye importantes novedades de materia de seguridad vial y abre la puerta a otras que se incluirán en el futuro Reglamento de Circulación, que previsiblemente entrará en vigor en junio.
Estas son las veinte novedades más importantes, que entrarán en vigor en un mes, a excepción de lamodificación de los límites de velocidad y las medidas relativas a los sistemas de retención infantil, que lo harán cuando se apruebe el Reglamento:

Velocidad

  • Hasta 130 kilómetros por hora. La reforma de la Ley abre la puerta al incremento hasta los 130 kilómetros por hora del límite máximo en determinados tramos de autovías y autopistas y a reducir en 10 km/h la velocidad máxima en las carreteras secundarias, así como a la creación de zonas 20 y 30 en las ciudades. No entrará en vigor hasta que se apruebe el Reglamento.
  • Sin avisos de radares. Se prohíben los detectores de radar o de cinemómetros. Su uso será multado con 200 euros y la detracción de 3 puntos del carné. Los inhibidores ya están prohibidos y multados con 6.000 euros y 6 puntos

Ciclistas

  • Casco de bici obligatorio para los más jóvenes. Los menores de 16 años tendrán que llevar casco de bici cuando circulen por ciudad. Este elemento es obligatorio en carretera para todas las edades.
  • Bicicletas sin inmovilización. Las bicicletas no podrán ser inmovilizadas, aunque su conductor sea multado por alguna infracción que, en el caso de los vehículos a motor,conllevaría esa inmovilización.
  • Ciclistas más lentos. Se permite a los ciclistas circular por debajo de los límitesmínimos de velocidad.


Niños

  • La talla es lo fundamental para los sistemas de retención. Se sustituye el peso y la edad por la talla a la ahora de obligar a utilizar los sistemas de retención infantil (SRI), queserán preceptivos para los menores que midan hasta 1,35 metros. En cualquier caso, no podrán viajar en los asientos delanteros aunque utilicen un SRI, salvo que todos los traseros estén ocupados por otros menores.
  • Motivo de inmovilización. Se podrá inmovilizar el vehículo si no se hace uso del dispositivo de retención infantil.

Alcohol y drogas

  • Ningún tipo de sustancia. Se prohíbe conducir con presencia de drogas ilegales en el organismo, a excepción de las que se utilicen por prescripción facultativa y con una finalidad terapéutica (por ejemplo metadona). Conducir bajo sus efectos será multado con 1.000 euros.
  • Multas más altas para los positivos en alcohol. Se mantiene la multa de 500 euros para el consumo de alcohol, aunque será de 1.000 si la tasa duplica el máximo permitido o en caso de reincidencia en un año.

Nuevas multas

  • Obras sin autorización previa.Realizar obras en la vía sin comunicación previa a la autorización de la autoridad responsable de la gestión del tráfico.
  • Perder la carga. La caía de lacarga de un vehículo en la vía, creando grave peligro para el resto de usuarios.
  • Dañar u obstaculizar la vía.Causar daños a la infraestructura de la vía oalteraciones a la circulacióndebidos a la masa y dimensiones del vehículo.

Animales

  • Responsable de los atropellos.En los accidentes de tráfico ocasionados por atropello a especies cinegéticas será responsable de los daños el conductor del vehículo, sin que pueda reclamarse por el valor de los animales.
  • Señalizado y vallado. El titular de la vía sólo será responsablesi no ha reparado el cerramiento o no ha señalizado que existen animales sueltos.

Vehículos extranjeros

  • Matriculados en España. Se obliga a matricular definitivamente en España a los vehículos que se utilicen en territorio nacional por residentes extranjeros o por titulares de establecimientos.
  • Coordinación internacional. Se establece el procedimiento para el intercambio transfronterizo de informaciónsobre infracciones de tráfico cuando se cometan con un vehículo matriculado en un estado de la UE en otro país distinto. En definitiva, se facilita el acceso a los registros

Otros

  • Más tiempo para el pago voluntario. Aumentan a 20 días los plazos para presentar alegaciones y para pagar de forma voluntaria las multas, que hasta ahora es de 15 días.
  • Multar sin detener el vehículo.Se permite no parar eidentificar al infractor cuando el agente denunciante se encuentre realizando labores de vigilancia y control del tráfico y carezca de medios para proceder a la persecución del vehículo.
  • Restricciones por contaminación. Se recoge la posibilidad de restringir el acceso o la circulación por las vías a determinados vehículo por motivos medioambientales.
  • Prioridad para las grúas. Las grúas que acudan a realizar un servicio de auxilio en carretera tienen prioridad de paso.
  • Más importancia a las asociaciones de víctimas. Se crea la Conferencia Sectorial de Tráfico y se modifica el Consejo Superior de Tráfico para, entre otras cosas,introducir nuevos miembros, como las asociaciones de víctimas.

Fuente:http://www.20minutos.es/noticia/2090242/0/nueva-ley/trafico-2014-cambios/novedades/

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lunes, 17 de marzo de 2014

No será necesaria una prueba de Tráfico para recuperar puntos


El PP en el Senado ha decidido retirar su enmienda, aprobada en comisión, que obligaba a los conductores que quieren recuperar parcialmente puntos a realizar, además del curso de sensibilización, una prueba en la Jefatura Superior de Tráfico correspondiente. Asimismo, se han retirado las enmiendas que permitían abrir a más centros la posibilidad de impartir los cursos para la recuperación de puntos. Por lo que se vuelve al actual regimen de concesión que limita la cifra a un cupo.

Señal de 120 km/hSeñal de 120 km/h | Foto: EFE
EFE  |  Madrid  | Actualizado el 14/03/2014 a las 11:17 horas
Durante el debate en el pleno de la Cámara del proyecto de ley de reforma de la Ley de Tráfico, el PP ha decidido, en aras de lograr el mayor acuerdo posible, retirar esa enmienda pese a que ya había sido incluida en el texto que salió de la comisión.

Como consecuencia de ello, también ha retirado las enmiendas que permitían abrir a más centros la posibilidad de impartir los cursos para la recuperación de puntos y, por tanto, se vuelve al actual régimen de concesión que limita la cifra a un cupo.

No obstante, tanto los portavoces del PP en el debate, Luis Aznar, como del PSOE, Enrique Cascallana, han dicho a Efe que están abiertos a que pueda aumentarse esa cifra para que más autoescuelas puedan acceder a esa concesión.

Ambos han explicado que una vez que se ha decidido no liberalizar los cursos lo lógico es que los conductores tampoco tengan que pasar una prueba en Tráfico toda vez que los centros que los imparten ofrecen las suficientes garantías.

Tras la aprobación por 139 votos a favor, 60 en contra y 8 abstenciones, el proyecto de ley volverá al Congreso para que dé luz verde a las modificaciones introducidas en el Senado, entre ellas la que amplía de 15 a 20 días el plazo para pagar de forma voluntaria las multas, o la que impide la inmovilización de las bicis cuando su conductor no haga uso del casco de protección. Precisamente, y por un acuerdo de PP y CiU, el proyecto blinda la obligatoriedad de portar casco de bici en ciudad para los menores de 16 años a fin de que este precepto no pueda sufrir modificaciones en el Reglamento posterior. 

Una vez que la reforma de ley sea aprobada definitivamente, se endurecerán las sanciones por consumo de alcohol y drogas al volante. Así, superar la tasa máxima de alcohol se multará con 500 euros, pero si se duplica o el conductor es reincidente en el periodo de un año tendrá que pagar 1.000 euros, la misma cifra con la que se castigará la conducción bajo los efectos de las drogas, excluidas las utilizadas bajo prescripción médica.Por otro lado, la reforma de la norma abre la puerta a la modificación de los límites de velocidad, que quedarán fijados en el nuevo Reglamento de Circulación, cuyo debate se iniciará una vez se apruebe la ley.

Tráfico quiere subir hasta los 130 kilómetros por hora el límite máximo de velocidaden autovías y autopistas, pero solo en determinados tramos y circunstancias, y rebajar en diez kilómetros por hora los límites máximos en las carreteras secundarias, así como fijar en 20 o 30 km/h los de algunas calles de las ciudades.
La ley prohíbe los detectores de radar, según el texto, que regula también los sistemas de retención infantil, que pasan de un sistema de edad a uno de talla, con una previsión de 135 centímetros, salvo excepciones.

Se crea asimismo el Consejo Superior de Seguridad Vial y la Conferencia Sectorial en esta materia.
Antes del debate de las enmiendas parciales (un total de 252), el pleno ha rechazado el veto presentado por los senadores de Izquierda Unida, quienes han criticado las "prisas" y "furor" del Gobierno por aprobar la reforma, que "gira en torno de al dominio absoluto del automóvil", según el senador Jesús Iglesias.

Por el PP, tanto Aznar como José Joaquín Peñarrubia han defendido el proyecto y la voluntad de su grupo de consensuarlo lo más posible.Frente a las críticas de la oposición de que la ley no favorece el uso de la bici, los senadores del PP han recordado que el PSOE no se atrevió a incorporar medidas en las reformas de la normativa de 2005 y 2009.

Y respecto a la oposición a que se suba la velocidad máxima por, entre otras cosas, el coste económico y medioambiental, Peñarroya ha dicho que "si se hace, que no es seguro, no se hará de forma chapucera ni con pegatinas", como cuando se rebajó a 110 por "capricho del señor Rubalcaba".


"Lo haremos inteligentemente, con paneles electrónicos que existen y sin coste alguno", ha resaltado.Mientras, Enrique Cascallana, del PSOE, ha lamentado el afán recaudatorio de la ley, la falta de diálogo del Gobierno, la preponderancia del uso de los vehículos a motor y la voluntad de aumentar los límites máximos de velocidad cuando es uno de los factores que más incide en la siniestralidad.

Casco obligatorio para menores de 16 años



El Senado ha aprobado finamente la reforma de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial que, entre otras medidas, establece la obligatoriedad del casco ciclista para menores de 16 años en vías urbanas.
Ciclosfera
reforma_2014
La polémica reforma de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, ha sido aprobada definitivamente con los votos a favor de PP y CiU, la abstención de PNV y el voto en contra de Entesa Catalana de Progrés (ECP), Grupo Mixto y PSOE. Una reforma que el partido socialista ha definido como "agridulce" y que, en su opinión, "está hecha a la medida del afán recaudatorio de la Dirección General de Tráfico (DGT)", según recoge Europa Press.
De esta forma, los ciclistas menores de 16 años tendrán que llevar casco de manera obligatoria (aunque la intención del Gobierno era imponerlo hasta los 18 años), una mínima concesión gracias al empeño de CiU. Además, no se inmovilizará a los ciclistas menores de 16 años que no lleven casco, como pedían los impulsores de la ley.
A pesar de agradecer en un comunicado el apoyo a los partidos y grupos parlamentarios "que se han hecho eco de nuestras posiciones y propuestas en la tramitación de la reforma de la Ley de Tráfico", los miembros de la Mesa Nacional de la Bicicleta no están satisfechos y confían en que se retome el diálogo de nuevo para garantizar la seguridad y pormover el ciclismo urbano de una manera efectiva: "Para una política de movilidad sostenible basada en la promoción del uso de la bicicleta, la reforma es un paso atrás", han afirmado desde ConBici.
Otras medidas
Entre las novedades de la ley para los conductores, destacan el incremento de hasta 1.000 euros por duplicar la tasapermitida en un control de alcoholemia -esto es, un gramo de alcohol por litro de sangre- o cuando el conductor rehúse someterse a la prueba. Asimismo podrá ser sancionado con esta multa si ha sido reincicente, es decir, que ya haya sido multado por sobrepasar el límite en el año anterior. El Senado también ha recogido una enmienda de CiU en la que se amplía el plazo -de 15 a 20 días naturales- para recurrir o pagar multas con tarifa reducida.

Chaleco de seguridad para embarazada

http://www.circulaseguro.com/emobikids-un-chaleco-de-seguridad-para-embarazadas/?utm_source=feedburner&utm_medium=email&utm_campaign=Feed%3A+CirculaSeguro+%28Circula+seguro%29

Policía Local de Bormujos enseña a jóvenes sobre el peligro de conducir bajo los efectos del alcohol o las drogas

http://www.abcdesevilla.es/provincia-aljarafe/20140315/sevi-policia-local-ensena-jovenes-201403141828.html

lunes, 10 de marzo de 2014

Tecnología y uso del cinturón de seguridad: guía del elemento que más vidas salva en un coche

Si hablamos del cinturón de seguridad, a lo mejor más de uno se lleva las manos a la cabeza: “¡Otra vez, no puede ser!”. El cinturón de seguridad es el elemento deseguridad pasiva más eficiente y sencillo que tenemos en el coche, un básico de la seguridad que ha salvado decenas de miles de vidas desde que se inventó, que te asegura que ante una colisión tienes muchas papeletas para minimizar los daños que puedes sufrir… y todavía sigue siendo un problema de capital importancia el hecho de que haya muchos conductores que no se lo coloquen antes de arrancar.
Por eso siempre hay que volver sobre el tema. El cinturón de seguridad salva vidas, remarcado con negritas, y para hacerlo basta con hacer un sencillo ‘click’ al ajustarlo, aunque en realidad el proceso de ajuste del cinturón tiene algunos matices más. Pero no hay nada más sencillo y fácil de automatizar como es entrar en el coche y ajustarse el cinturón de seguridad, e incluso asegurarse de que todos los pasajeros lo lleven bien abrochado antes de arrancar. Ahora bien, ¿cómo y por qué salva vidas el cinturón?

Absorber energía de impacto y sujetar los cuerpos, su misión principal

Siempre digo, y seguramente plagio alguna escena de “El club de la lucha”, que la única misión aparente del cinturón de seguridad en los aviones es que no salgamos despedidos del asiento en caso de tener problemas. Son cinturones básicos que no nos impedirían, por ejemplo, impactar contra el asiento delantero en caso de colisión, pero que no podrían hacer mucho en caso de “accidente definitivo” (y no quiero frivolizar, aclaro).
cinturon
En coches, los cinturones de seguridad son cinturones de tres puntos como mínimo. Se dice que son de tres puntos porque tienen tres puntos de anclaje, lo que les permite a su vez sujetar simultáneamente las caderas y el torso del pasajero o conductor. En su colocación, es imprescindible que el cinturón pase por encima de la clavícula, por un lado, y que esté lo más pegado a las caderas por otro lado, ya que si nos presiona el cuello, o no pasa por encima del hombro, o se ajusta demasiado arriba, sobre el abdomen, dejará de proteger y contribuirá a sufrir más y peores lesiones.
Es por eso que los niños deben viajar en sistemas de retención homologados, y no pueden utilizar el cinturón de seguridad sin elevadores hasta que tienen una talla determinada, que es la que les permitiría ir con el sistema correctamente ajustado. Hay una máxima que deberíamos acuñar y promocionar entre todos, y es que el sistema de seguridad nos protege si está bien ajustado, colocado o activado; si no lo está, nos hará más daño. Ejemplos, los conocemos perfectamente: cascos mal colocados o el despliegue del airbag sin el cinturón colocado son los más conocidos. Por tanto, un cinturón mal colocado es un peligro para nuestra integridad.

Tipos de arneses y cinturones

Cinturón
Ya hablamos de los más comunes, los cinturones de tres puntos. En general podemos decir que existen estos tipos de cinturón de seguridad:
  • El de dos puntos: se usa en autobuses y aviones y solo ofrece sujeción por la zona de la cadera. No es muy seguro, que digamos.
  • El de tres puntos de sujeción, el que llevamos en el coche, ofrece más seguridad si lo ajustamos correctamente porque nos sujeta por dos puntos principales: cadera y hombro.
  • Cinturones con cuatro puntos de sujeción: se compone de dos cinturones, uno para cada hombro.
  • Cinturones de cinco puntos: son los más comunes en SRI y en la competición. Estos arneses fijan cinco puntos en los dos hombros, ambos lados de las caderas y entre las piernas, y son de los más efectivos que existen, si exceptuamos los siguientes.
  • Cinturones de seis y siete puntos: se usan en competición (6 puntos) y en aviación acrobática y militar. Proporcionan cinturones redundantes para, más que maximizar la seguridad, que ya es excepcional con 5 puntos, para minimizar los efectos de un fallo en los arneses principales.
En realidad a los cinturones de más de tres puntos se les suele llamar arnés porque no son exactamente un cinturón, sino una combinación de varios. Pero aceptamos pulpo, el caso es saber que existen varios tipos de cinturón de seguridad y quefuncionan mejor cuantos más puntos de sujeción. Esto es así porque con cada punto extra de sujeción estamos “dividiendo” la fuerza del impacto entre ellos, y el resultado es que la energía la absorbe el arnés en dos “fases” por decirlo así: en los puntos de sujeción y gracias a cómo da de sí, ligeramente, el propio cinturón. No hay que ser un lince para ver que el cinturón de seguridad, en combinación con el airbag, es casi imbatible (casi, porque desgraciadamente no siempre es suficiente).
Cuanto más fuerte tengamos apretado el cinturón, mejor. Ante un impacto es mejor que estemos bien sujetos, y por eso existen los pretensores del cinturón, un invento que magnifica las bondades de este sistema de seguridad tan venerable (por su edad) como efectivo. Os recomiendo echar un vistazo al artículo específico sobrecómo funcionan los cinturones con pretensor para saber más.

jueves, 6 de marzo de 2014

Dispositivo eCall para el 2015

Solo en el año 2012 cerca de 28.000 personas murieron y 1,5 millones resultaron heridas en accidentes de tráfico. Para reducir estas cifras en la UE se ha desarrollado el dispositivo eCall, que llama automáticamente al número de emergencias 112 en caso de accidente grave.
El sistema eCall llama automáticamente al 112 si se produce un accidente grave
El texto aprobado hoy en el Parlamento Europeo establece que los fabricantes estarían obligados a instalar este sistema en todos los modelos nuevos de vehículos de pasajeros y vehículos ligeros y a partir de octubre de 2015. Sin embargo la fecha queda abierta porque se reconoce que la industria necesitará un plazo razonable para desarrollarlo y probarlo.
Esta tecnología informa de la localización exacta del vehículo, con lo que reduce el tiempo de desplazamiento de los servicios de emergencia al lugar del siniestro. La Comisión Europea estima que este sistema permitiría acelerar el tiempo de respuesta de los servicios de emergencias en un 40% en zonas urbanas y en un 50% en las rurales, lo que supone salvar hasta 2.500 vidas cada año, además de reducir el impacto de las heridas ocasionadas por accidentes de tráfico en decenas de miles de casos.
Protección de datos y gratuidad
El Parlamento Europeo ha reforzado las disposiciones sobre protección de datos con el objetivo de evitar el seguimiento permanente de los vehículos. Cuando un accidente active el sistema eCall, solo se enviarán los datos necesarios para tramitar las llamadas de emergencia.
Esto implica indicar si la activación ha sido manual o automática, la clase de vehículo, el tipo de combustible utilizado, la marca de tiempo, la posición exacta, la dirección de conducción y el número mínimo de cinturones abrochados, según subraya la eurocámara en sus enmiendas.
La Comisión calcula que la instalación del sistema eCall costará unos 100 euros por vehículo. Los eurodiputados defienden que el sistema es un servicio público de interés general, por lo que debe ser accesible para todos los consumidores de forma gratuita. Los Estados miembros deben ahora llegar a una posición común sobre este asunto.

REFORMA DE LA LEY DE TRÁFICO


La reforma de la Ley de Tráfico introducirá cambios en el pago de las multas

La directora general de Tráfico, María Seguí, ha defendido que se permita a más centros impartir el curso para recuperar parcialmente los puntos del carné de conducir, así como que los conductores hagan un test específico sobre las materias concretas que incumplieron para volver a tenerlos.

Video: antena3.com
Ponle Freno | Agencias  |  Madrid  | Actualizado el 06/03/2014 a las 16:08 horas
La reforma sigue su curso en el Senado con nuevas enmiendas sobre el plazo de pago de las multas y el endurecimiento de la sanción por consumo de alcohol al volante. La nuevas enmiendas se votarán antes de pasar de nuevo al Congreso.

La directora general de Tráfico, María Seguí, ha defendido que se permita a más centros impartir el curso para recuperar parcialmente los puntos del carné de conducir, así como que los conductores hagan un test específico sobre las materias concretas que incumplieron para volver a tenerlos.

Los conductores tendrán 20 días para pagar las multas y no 15 como ocurre ahora. Se endurecerá la sanción por consumo de alcohol al volante que subirá a 1.000 euros si se duplica el máximo permitido o si hay reincidencia. Y otra novedad: los conductores que quieran recuperar parcialmente puntos de su carné, tendrán que hacer un examen en la Jefatura de Tráfico. Esta medida afectaría a unas 30 mil personas.

Una de las enmiendas que se han introducido en la reforma de la Ley de Tráfico prevé que los conductores realicen una prueba en la Jefatura de Tráfico, además del curso de sensibilización, para recuperar parcialmente puntos de su carné, y otra incluye abrir a más centros la posibilidad de impartir los cursos de recuperación, hasta ahora limitados a determinados centros de la Confederación Nacional de Autoescuelas mediante la fórmula de concesión.

Seguí ha explicado que "los tiempos han cambiado y hace ya años que el carné por puntos está implementado", por lo que "es de rigor y lógico el abrir ese mercado comercial al resto de las autoescuelas que estén interesadas y que cumplan con una serie criterios de garantía y calidad que se estipulen".

La directora de la DGT ha precisado que la recuperación parcial de puntos es voluntaria y "estrictamente hablando no se modifica nada" con respecto a lo que actualmente tiene que hacer el ciudadano, ya que los conductores "tendrán que seguir haciendo un curso y el mismo examen que hasta ahora". Seguí ha reconocido que, "puesto que habrá más centros y puesto que es imposible el poder garantizar y monitorizar cómo lo hace cada centro, lo único que proponemos entonces es un pequeño test específico sobre las materias que la persona ha infringido".

En este sentido ha añadido que Tráfico "sabe por qué cada persona pierde los puntos y por lo tanto puede preguntar específicamente sobre eso, para cerciorarnos que efectivamente se ha interiorizado por qué eso es un problema", con la confianza en que el conductor modifique su actitud. La responsable de la DGT ha recordado que las enmiendas propuestas por el PP prevén que se puedan recuperar parcialmente hasta seis puntos, en lugar de cuatro ahora, y ha incidido en que estos cambios sólo afectarían a los aproximadamente 30.000 españoles que cada año deciden recuperar parcialmente sus puntos.

Seguí ha puntualizado que los puntos se pueden recuperar parcialmente haciendo ese curso y ese examen, pero también si no se infringe la norma durante dos o tres años, y ha sostenido que nada le complacería más "que el hecho de que la gente no infrinja (la ley) y recupere los puntos de esa manera, porque eso será la mejor garantía de que no ocurran accidentes".

La directora general de Tráfico ha expresado su satisfacción por la tramitación parlamentaria de la futura ley, que según ha dicho "ocurre en el marco del diálogo", y ha sostenido que las enmiendas que se están aprobando "son la oportunidad de construir y contribuir positivamente que tienen todos los grupos parlamentarios". En cuanto a cuándo se aprobará la ley, Seguí ha explicado que la semana que viene el texto se votará en el Senado, tras lo que pasará al Congreso, por lo que previsiblemente podrá estar aprobada el próximo 20 de marzo y entrar en vigor inmediatamente después.

Los conductores tendrán 20 días en lugar de 15 para acogerse al pronto pago en las multas - Actualidad Vial

Los conductores tendrán 20 días en lugar de 15 para acogerse al pronto pago en las multas - Actualidad Vial

La directora general de Tráfico aboga por un test específico en la recuperación parcial de puntos - Actualidad Vial

La directora general de Tráfico aboga por un test específico en la recuperación parcial de puntos - Actualidad Vial

martes, 4 de marzo de 2014

Nueva normativa del transporte de mercancías peligrosas

Se ha aprobado el Real Decreto que regula las operaciones de transporte dentro del territorio español

El Consejo de Ministros ha aprobado, a propuesta del Ministerio de Fomento, el Real Decreto por el que se regulan las operaciones de transporte de mercancías peligrosas por carretera en territorio español. El texto pretende poner al día todas aquellas cuestiones que han quedado obsoletas y adaptarse a las normas internacionales vigentes en este momento, tras las sucesivas modificaciones sufridas. Igualmente pretende desarrollar normas internas para regular aspectos que o bien no se contemplan en el ADR o bien éste deja libertad a los Estados para su concreción.

Los aspectos más destacables de la nueva norma son:

- Se establece con carácter general la aplicabilidad del Acuerdo europeo sobre transporte internacional de mercancías peligrosas por carretera (ADR) a los transportes que se realicen íntegramente dentro del territorio español.

- Se señalan las normas aplicables a la tripulación de los vehículos, las normas especiales de circulación por vías públicas y las autoridades competentes y circunstancias en las que se pueden emitir permisos excepcionales o especiales para el transporte y circulación en condiciones distintas a las reguladas.

- Se regulan las condiciones, requisitos, documentación y pruebas a cumplir por los envases, embalajes, contenedores, vehículos y cisternas para que se los autorice a transportar mercancías peligrosas. También se regulan las condiciones para la importación de estos elementos. Las novedades se refieren principalmente a la fabricación y control de envases, embalajes y cisternas, clarificando los requisitos y periodos de inspección. Igualmente se regulan las estaciones de Inspección Técnica de Vehículos y los organismos autorizados para el control de estos recipientes o vehículos, la documentación y trámites administrativos a cumplir.

- Se regulan las actuaciones a realizar en caso de avería o accidente de vehículos que transporten mercancías peligrosas, tanto por parte de la tripulación del mismo, como por parte de los órganos de intervención.

- Se desarrollan las normas de carga y descarga de forma general, es decir, independientemente del tipo de vehículo. Así, se contempla la información que se debe proporcionar para desarrollar estas maniobras, su documentación, las operaciones previas, la posibilidad de derivar responsabilidades, las operaciones de carga en común y las limitaciones existentes. También se regulan las operaciones que se deben realizar una vez terminada la carga o descarga.
Como novedades, se clarifican las responsabilidades del cargador y del transportista en cuanto a las obligaciones establecidas en el ADR sobre la señalización de los bultos y la de los vehículos.

Fuente: transporteprofesional.es