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jueves, 19 de febrero de 2015

Tolerancia 7 (radar)

La Dirección General de Tráfico ha puesto en marcha una serie de medidas a adoptar sobre la gestión de la velocidad. Con el objetivo principal de reducir la siniestralidad vial, la directora general de Tráfico, María Seguí ha anunciado que los radares móviles se harán visibles, se sustituirán 30 radares de punto por radares de tramo, los radares serán capaces de sancionar según el vehículo y se establece un margen de tolerancia. EnActualidadvial.es os detallamos y ampliamos todas estas novedades. Desgranamos punto por punto todas las novedades que nos afectarán en materia de velocidad en nuestro día a día como conductores: -Tolerancia 7 para los radares: Se ha dictado una instrucción por la que se unifica en todo el territorio competencia de la DGT, el umbral de tolerancia con el que actúan los radares, de modo que independientemente de la zona geográfica (vías pertenecientes al Estado) por la que se circule, el conductor va a saber cuál es la velocidad a partir de la cual cualquier radar va a sancionar. Esta instrucción tiene como objetivos: unificar el umbral de tolerancia para todos los radares de la DGT, tanto fijos como móviles; y evitar la posibilidad de que exista discriminación geográfica para el ciudadano, dependiendo del lugar en que se cometa la infracción. De modo que en todo el territorio en que la DGT tiene competencias, todos los radares operen manteniendo el mismo margen de tolerancia. Dicho umbral de tolerancia va a ser de 7km/h, si la velocidad del vehículo es inferior a 100 km/h y de 7% si la velocidad es superior a dicha velocidad. El motivo de no aplicar a las velocidades inferiores a 100 km/h el porcentaje, sino el número concreto se debe a que a velocidades bajas es difícil percibir la velocidad concreta a la que se circula. La razón de por qué se ha establecido el 7, tanto en porcentaje como en cantidad, es porque los errores máximos permitidos de los radares de la DGT se encuentran en una franja que va entre el 3%, los más nuevos, y el 7% de los más antiguos, de ahí que Tráfico haya considerado aplicar el 7% como el umbral de tolerancia más garantista y beneficioso para el conductor. Esta instrucción no modifica en ningún aspecto el cuadro de sanciones y puntos a detraer por exceso de velocidad, recogido en el anexo IV de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial. Así, las unidades denunciantes ajustarán todos los cinemómetros, sean aquellos situados en instalaciones fijas, sean aquellos móviles (en estático y/o en dinámico) para captar infracciones siguiendo la siguiente tabla unificada de velocidades de activación (elaborada por Tráfico): El cuadro anterior no se aplica para los procedimientos de medición de velocidades en equipos embarcados en aeronaves (Pagasus), en que el sistema utiliza otro método basado en realizar tres mediciones consecutivas de tres segundos cada una.

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